Procuraduría interpuso acción popular en caso Mintic – UT Centros Poblados para reintegro de anticipo

Por en septiembre 9, 2021

El ente de control pidió que sean resarcidos los perjuicios ocasionados a la Nación por un monto equivalente a 42.944 salarios mínimos.

La Procuraduría General de la Nación interpuso una acción popular ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca que ordena a la Unión Temporal Centros Poblados de Colombia 2020 y sus integrantes devolver el anticipo del contrato por valor de $70.243.279.599,00.

El Ministerio Público, a través de la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa, indicó que, ante las irregularidades detectadas y las actuaciones de los contratistas, tendientes a evitar que se logre la recuperación de los recursos en favor del patrimonio y los servicios públicos y el interés general, es necesaria una medida que disponga la protección inmediata de los derechos colectivos vulnerados, con la fuerza de una orden judicial.

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En la acción popular, el órgano de control solicitó declarar vulnerados los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el acceso al servicio esencial de internet, y a su prestación eficiente, continua y permanente con ocasión de las acciones y omisiones presentadas dentro de la licitación y el contrato.

Entre los accionados están: Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Fontic); la Unión Temporal Centros Poblados (UT) y sus integrantes, once empresas y una fundación.

La Procuraduría también solicitó ordenar a los integrantes de la UT Centros Poblados resarcir los perjuicios ocasionados a la Nación por una cuantía equivalente a 42.944 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, a título de estimación anticipada de perjuicios, de acuerdo con la cláusula penal del contrato.

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También, establecer el pago del daño emergente ocasionado por cuenta de la planeación y ejecución del objeto contractual, sin el cumplimiento de los requisitos legales para su ejecución.

Pidió que se ordene al MinTIC y Fontic que:

– Adopte de manera inmediata las medidas necesarias frente Sescolombia S.A.S, la interventoría y los funcionarios públicos y demás contratistas que tuvieron que ver en la consolidación de las irregularidades presentadas.

– Establezca los correctivos y medidas legales, judiciales, contractuales, administrativas, financieras y/o técnicas, que aseguren o propendan por la prestación eficiente, continua y permanente del servicio público esencial de internet, de acuerdo con el alcance del Contrato Fondo N°. 038 de 2020 en los 15 departamentos y en Bogotá, según objeto del contrato N°. 1043 de 2020.

En cuanto a la UT Centros Poblados de Colombia 2020 y sus integrantes, así como a los socios, partícipes y/o beneficiarios, Sescolombia S.A.S y BBVA ASSET Management S.A. Sociedad Fiduciaria, la Procuraduría pidió declararlos responsables por los daños, perjuicios e indemnizaciones que se presentaron en la ejecución del contrato caducado y adjudicado al segundo en orden de elegibilidad. También que en esta decisión se vincule al MinTIC y al Fontic.

Finalmente, solicitó que el tribunal disponga que la sentencia frente a esta acción popular tenga prevalencia sobre cualquier decisión arbitral o judicial que se adopte en los asuntos tratados o controvertidos frente a este caso en particular.

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