Por incumplir Ley de Cuotas Procuraduría sancionó con suspensión del cargo a exgobernador del Cauca

Por en enero 8, 2024

El afectado, el hoy representante a la Cámara, Óscar Rodrigo Campo, el 4 de enero de 2024 radicó apelación ante el Ministerio Público.

La Procuraduría General de la Nación (CGN) sancionó con suspensión de cuatro meses al exgobernador del Cauca, Óscar Rodrigo Campo Hurtado (2016 – 2019), por incumplimiento a la Ley de Cuotas (Ley 581 de 2000), que ordena nombrar al menos un 30 % de mujeres en cargos de dirección y decisión del Estado. 

En fallo de primera instancia, la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Servidores Públicos de Elección Popular estableció que el entonces funcionario, quien actualmente es representante a la Cámara por el Cauca, para el año 2016 no cumplió específicamente con el porcentaje de mujeres nombradas en cargos de la Gobernación denominados como ‘otros niveles decisorios – OND’. 

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El órgano de control indicó, que para ese año la planta de la entidad territorial contaba con dos cargos de ese nivel denominados subsecretarios de despacho, y en ninguno de ellos designó a una mujer, razón por la cual el cumplimiento de la norma en esos puestos específicos fue del 0 %. Resaltó que en este caso la forma para llegar a la cuota mínima habría sido nombrando a una mujer, así hubiera cumplido el porcentaje mínimo exigido.  

Para el Ministerio Público “el procesado inobservó el deber funcional al nombrar y posesionar en la totalidad de cargos de OND solo a hombres, con lo que vulneró el principio de igualdad contenido en nuestra Constitución, sin que se avizore ninguna circunstancia de justificación”.      

Agregó en el fallo que el cumplimiento de la Ley de Cuotas resulta relevante “porque solo garantizando el acceso de las mujeres a los niveles decisorios de la administración se puede construir una sociedad pluralista e igualitaria”. 

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Por esos hechos, el órgano de control calificó la conducta del investigado como falta grave cometida con culpa grave. Como Campo Hurtado no se encuentra actualmente en el ejercicio del cargo en el que se originó la conducta investigada, la sanción impuesta se convertirá en el equivalente de los salarios devengados para el momento de la comisión de la falta, lo que arroja un monto de 14 millones 192 mil pesos. 

El fallo de primera instancia puede ser apelado por el sancionado. 

Campo Hurtado apeló

Por su parte, el ex gobernador del Cauca y representante a la Cámara, Óscar Rodrigo Campo Hurtado, emitió un comunicado en el que dice que, el 20 de diciembre de 2023 la Procuraduría General de la Nación “nos notificó de un fallo en primera instancia sobre la suspensión por 4 meses en el cargo de gobernador del Cauca o la suma de $14’129.232, siendo esta última la sanción efectiva, en caso de ratificarse en segunda instancia, puesto que desde el 31 de diciembre de 2019 no ostento el cargo mencionado”.

Agrega, que el jueves 4 de enero del año en curso, radicó la apelación respectiva ante el despacho de la procuradora general de la Nación, aduciendo el cumplimiento de la ley de cuotas sobre el global y el no incumplimiento en el caso sancionado en primera instancia, toda vez que al existir solamente dos cargos de OND en el año 2016 (subsecretarios), según el documento que la misma Procuraduría expidió al realizar el análisis sobre cumplimiento de la Ley de Cuotas para el año en mención, no se configuran los elementos de la responsabilidad disciplinaria porque esta aplicaría solamente cuando existan tres o más cargos.

“Siempre respetuosos de la institucionalidad y sus normas, de las leyes y los órganos de control, esperaremos el fallo en segunda instancia”, dice finalmente.

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