“Los POT vigentes son retóricos y declamatorios”: IGAC y Procuraduría

Por en julio 27, 2016

Alcaldes y gobernadores deben tener en cuenta diez aspectos fundamentales para que los POT sean instrumento idóneo en el desarrollo sostenible de los entes territoriales.

Pie de foto: Prestar mayor atención a la revisión de los POT en Colombia, recomiendan la Procuraduría y el IGAC.

La Procuraduría General de la Nación y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, proponen definir con precisión los usos del suelo, determinar los terrenos de expansión urbana, generar acciones para mitigar el riesgo, utilizar la cartografía básica oficial y aplicar mecanismos financieros como la plusvalía.

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Alejandro Ordóñez Maldonado, Procurador General y Juan Antonio Nieto Escalante, director nacional del IGAC, expidieron una circular conjunta en la que instan a los mandatarios a aplicar un decálogo de medidas, que busca mejorar la gestión municipal y departamental, a fin de salvaguardar los intereses colectivos y promover el desarrollo sostenible colombiano.

Vivienda en sitios vulnerables

El 82% (767 municipios) reconoció que cuenta con población viviendo en zonas de alto riesgo.

Con estas medidas se debe, entre otros resultados, mejorar la capacidad de adaptación al cambio climático de los municipios pues, según estudio de la Procuraduría General realizado en 2015, el panorama es poco alentador. El 82% (767 municipios) reconoció que cuenta con población viviendo en zonas de alto riesgo y el 85% (795 municipios) no cuenta con estudios sobre cambio climático.

En materia ambiental el panorama es aún más turbio. El 61% de los municipios colombianos alberga alguna actividad minera en su perímetro, y el 25% la desarrolla de manera ilegal.

Por otra parte, estudios del IGAC y del Ministerio de Vivienda indican, que la mayoría de los planes de ordenamiento vigentes son retóricos y declamatorios, tienen errores y omisiones de carácter técnico, temático, operativo, político y presupuestal, además poco sirven como guías efectivas del ordenamiento territorial, particularmente en el sector rural.

El 61% de los municipios colombianos alberga alguna actividad minera y el 25% la desarrolla de manera ilegal.

El 61% de los municipios colombianos alberga alguna actividad minera y el 25% la desarrolla de manera ilegal.

A través de la Circular 007 los dos funcionarios les recuerdan a gobernadores y alcaldes, prestar mayor atención a la revisión de los POT porque en un gran número de municipios se encuentran vencidos y otros se modificaron recientemente, pero existen dudas respecto a la calidad de los instrumentos adoptados. Además, en desarrollo de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, los gobernadores están en la obligación, por primera vez, de elaborar y presentar a las asambleas los planes de ordenamiento a escala departamental.

La Procuraduría y el IGAC recomiendan

1. Definir con precisión los usos del suelo: este proceso debe realizarse a partir de la información suministrada por el IGAC o basada en estudios que acaten las especificaciones técnicas de la autoridad agrológica en el país.

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2. Determinar los suelos de expansión urbana: para tal fin, la información catastral podrá aportar conocimientos de mucha utilidad, ya que estos suelos de expansión deben estar debidamente soportados en estudios claros y precisos sobre el perímetro de servicios, el cumplimiento de la normatividad sobre las clases agrológicas del suelo, el agotamiento real y efectivo del suelo urbano y la existencia de niveles de densificación inconvenientes.

3. Contemplar medidas prácticas para la aplicación de instrumentos financieros, como la plusvalía y valorización, y presentar análisis y proyecciones financieras, a escala de perfil de proyecto, de las obras y acciones contempladas en el POT.

4. Utilizar la cartografía básica oficial del IGAC: aprovechar los servicios de apoyo y acompañamiento que ofrece el Instituto a las alcaldías y gobernaciones. El uso de la cartografía puede ser suministrada por otras fuentes, pero bajo los requisitos técnicos establecidos por la autoridad geográfica y cartográfica colombiana.

5. Contemplar acciones específicas de gestión del riesgo: deben ser de corto y mediano plazo, teniendo como referencia la normatividad del Ministerio de Vivienda.

6. Garantizar la visión regional: los municipios vecinos pertenecientes a una misma región geográfica deben formular sus POT de manera coordinada, y así aprovechar las sinergias y economías de escala. Este sería el comienzo de los procesos asociativos, como lo contempla la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial.

7. Montar un sistema de evaluación y seguimiento eficaz, el cual debe ser contemplado en los POT de forma específica.

8. Formular visiones, políticas y estrategias, las cuales deben contar con un soporte técnico claro y metas y objetivos específicos, de acuerdo con un modelo de ocupación territorial a largo plazo.

9. Garantizar la participación ciudadana en la formulación y ejecución de los Planes de Ordenamiento Territorial y Departamental, en la reunión periódica y en la acción efectiva de las comisiones de ordenamiento territorial en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial.

10. Tomar en consideración en los sucesivos Planes de Desarrollo las previsiones de los Planes de Ordenamiento Territorial y Departamental, sin perjuicio de introducir cambios en estos.

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