Gobierno Nacional extendió plazo para renovación de Matrícula Mercantil

Por en marzo 22, 2020

Por petición de Confecámaras y sector productivo del Cauca, el plazo irá hasta el 3 de julio de 2020.

El Gobierno Nacional amplió el plazo previsto para la renovación de registros que integran el Registro Único Empresarial y Social (RUES) hasta el próximo 3 de julio de 2020, la medida fue reglamentada en el Decreto 434 de 2020.

Con tal decisión se busca evitar la concentración de personas en las cámaras de comercio, teniendo en cuenta que el plazo para la renovación de la matrícula mercantil vencía el próximo 31 de marzo, y que hasta la fecha – de acuerdo con la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio  (Confecámaras)-, solo se ha tramitado el 40 por ciento de los registros.

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Precisamente, debido a la amenaza del contagio por Coronavirus a comerciantes, empresarios y público en general, la presidenta ejecutiva de la Cámara de Comercio del Cauca, Ana Fernanda Muñoz Otoya, le trasladó esapreocupación al presidente de Confecámaras, Julián Domínguez, a fin de que le solicitara al presidente Duque aplazar la fecha de pago del registro Mercantil, impuesto que está regido por el Código de Comercio. 

Paralela a esa petición, el sector productivo del Cauca formuló una solicitud al presidente de la República, Iván Duque, para que declarara la Emergencia Económica y Social, debido a que solo en ese escenario se puede modificar la fecha de pago del impuesto de Registro Mercantil, afirmó la ejecutiva Muñoz Otoya. Atendiendo dicha inquietud, el jueves 19 de marzo el presidente de la República expidió el Decreto 434.     

“El Gobierno Nacional atiende el llamado de los empresarios y de Confecámaras de extender el plazo para renovar los registros mercantiles y otros trámites, con el fin de evitar las aglomeraciones de personas que acuden a cumplir con este requisito en las sedes de las distintas cámaras de comercio”, señaló el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Igualmente, la reglamentación establece que hasta el 5 de julio de 2020 se podrá hacer la inscripción y renovación en el Registro Único de Proponentes (RUP). Esta medida cobija a las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en procesos de contratación con entidades estatales.

El Decreto 434 también señala que las reuniones ordinarias de asambleas (reguladas en el art 422 del Código de Comercio), correspondientes al ejercicio del año 2019, podrán realizarse hasta dentro de los 20 días hábiles siguientes a la finalización de la emergencia. Esta norma cobija a todas las personas jurídicas, sin excepción.

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