Representantes del Gobierno se posesionaron como miembros del Consejo Superior de Unicauca

Por en febrero 28, 2017

Aurelio Iragorri Hormaza, designado por el presidente de la República y Natalia Ruíz Rodgers, por la ministra de Educación Nacional, asumieron los respectivos encargos.

El juramento lo hicieron los nuevos miembros del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, ante el gobernador del Departamento, Oscar Rodrigo Campo Hurtado, en acto efectuado el 28 de febrero de 2017, en el Salón Bolívar de la Gobernación.

La viceministra de Educación Superior, Natalia Ruíz Rodgers, sucede a Edna Rocío Vanegas, quien se desempeña como asesora del despacho de la ministra.

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Por su parte, el veterano político caucano, quien reemplaza al ingeniero Hugo Eduardo Muñoz Muñoz, relevado por el presidente Juan Manuel Santos, recibió esa representación por medio del Decreto Nacional 289 del 22 de febrero de 2017, el que un día después fue demandado por el abogado Christian Fernando Joaquí Tapia, ante el Consejo de Estado, por supuesta inhabilidad de Iragorri Hormaza, al superar la edad de retiro forzoso.

La viceministra de Educación Superior, Natalia Ruíz Rodgers, quien entra a presidir el Consejo Superior de Unicauca,  juró ante el gobernador del Departamento, Óscar Campo.

La viceministra de Educación Superior, Natalia Ruíz Rodgers, quien entra a presidir el Consejo Superior de Unicauca, juró ante el gobernador del Departamento, Óscar Campo.

Precisamente, por coincidir esos reemplazos en el Consejo Superior con la elección del nuevo rector de la Alma Máter, que será el 4 de abril de 2017, las suspicacias no se hicieron esperar, por lo que el actual rector de Unicauca, Juan Diego Castrillón Orrego, en comunicado emitido el 24 de febrero de 2017 afirmo: “La Rectoría de la Universidad del Cauca muestra un amplio respeto por las decisiones de la Presidencia de la República y del Ministerio de Educación Nacional en el nombramiento de sus designados ante el Consejo Superior”.

Dijo que la Rectoría no ha tenido en ningún momento de la historia de la Universidad, alguna injerencia en la decisión del Gobierno Nacional respecto a sus representantes ante el Consejo Superior, cumpliendo con los lineamientos de la Ley 30 de 1992, que es clara en la conformación y el proceso de designación de sus integrantes.

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Explicó Castrillón Orrego, que cada uno de los miembros del Consejo Superior es designado por el sector que representa.

“De esta forma, la Rectoría califica como un relato metafísico los comentarios que vienen circulando sobre que el rector tiene un poder político tan grande para ser capaz de sugerir al Presidente de la República o a la Ministra de Educación Nacional, el nombre de sus delegados en el Consejo Superior. Son decisiones del Gobierno Nacional que no han tenido la influencia del rector”, aseveró el directivo universitario.

Demandado Decreto presidencial

Con fecha 23 de febrero de 2017, el profesor de derecho de Unicomfacauca, Christian Fernando Joaquí Tapia, solicitó la nulidad de la designación del ex senador Aurelio Iragorri Hormaza, como miembro del Consejo Superior de la Universidad del Cauca.

La demanda la interpuso ante el presidente de la Sección Quinta del Consejo de Estado, en la que pide la suspensión provisional de los efectos del Decreto 289 del 22 de febrero de 2017, por medio del cual el Presidente de la República designó, en representación suya, a Iragorri Hormaza como miembro del Consejo Superior de la Universidad del Cauca.

El ex senador Aurelio Iragorri Hormaza, tomó posesión como nuevo miembro del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en representación del presidente Santos.

El ex senador Aurelio Iragorri Hormaza, tomó posesión como nuevo miembro del Consejo Superior de la Universidad del Cauca, en representación del presidente Santos.

Según el demandante, el ex senador caucano estaría inhabilitado por superar la edad para desempeñar funciones públicas. Señala, que por estas mismas funciones públicas, según el artículo 67 de la Ley 30 de 1992, los miembros de los Consejos Superiores, tengan o no la condición de funcionario público y, dado que ejercen funciones públicas, son responsables de las decisiones que adopten.

Añade en su petitorio al Consejo de Estado, que toda persona mayor de 70 años está inhabilitada para desempeñar funciones públicas, pues de acuerdo con la Ley 1821 del 30 de diciembre de 2016, esa es la edad de retiro forzoso.

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