Detrimento patrimonial de $174 mil millones por archivo de comparendos de tránsito

Por en febrero 16, 2017

El Departamento del Cauca encabeza el listado con 19.233 comparendos por $7.939 millones (el 29,27%) que se dejaron prescribir.

De acuerdo con la Contraloría General de la República, en el país se anularon comparendos por $140.614 millones y prescribieron multas por $ 25.182 millones.

La Contraloría General de la República encontró un posible detrimento patrimonial por $174.046 millones de pesos, en razón al archivo de 410.790 comparendos de tránsito a nivel territorial, entre enero de 2011 y septiembre de 2016.

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El hallazgo, que se considera afecta la seguridad vial del país, fue detectado en la auditoría que realizó en 2016 el organismo de control al Sistema de Multas e Infracciones de Tránsito –SIMIT, administrado por la Federación Colombiana de Municipios.

El 80,81% de los comparendos archivados corresponden a anulaciones por $140.614 millones y el 14,47% a prescripciones por $25.182 millones.

El Cauca encabeza el listado con 19.233 comparendos por $7.939 millones (el 29,27%) que se dejaron prescribir.

El Cauca encabeza el listado con 19.233 comparendos por $7.939 millones (el 29,27%) que se dejaron prescribir.

La mayor cantidad de anulaciones se presentó en el Departamento de Antioquia, con 95.482 comparendos por $40.274 millones, que corresponden al 29,85%.

Le sigue el Departamento del Valle del Cauca, con 71.904 comparendos anulados, por $24.523 millones (el 22,48%).

En total, en 31 departamentos se estableció la existencia de comparendos anulados (Ver Cuadro).

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Con respecto a los comparendos interpuestos por los organismos de tránsito que se dejaron prescribir, el Departamento del Cauca encabeza este listado con 19.233 comparendos por $7.939 millones (el 29,27%), seguido de Antioquia con 12.757 por $4.579 millones (el 19,42%) (Ver Cuadro)

Al revelar este panorama, la CGR consideró que las contravenciones al Código Nacional de Tránsito por parte de los infractores multados, sin una efectiva actuación por parte de los entes territoriales, mantienen la cultura del no pago, perdiendo el efecto disuasorio y aleccionador de la sanción.

Además, lo encontrado está afectando significativamente la seguridad vial y contraviniendo presuntamente lo establecido en el artículo 161 de la Ley 769 de 2002 (La acción o contravención de las normas de tránsito caduca a los seis (6) meses, contados a partir de la ocurrencia de los hechos que dieron origen a ella y se interrumpe con la celebración efectiva de la audiencia. El no cumplimiento por parte del funcionario con este término será causal de mala conducta).

Esto se da además a pesar de las alertas informáticas suministradas oportunamente por el SIMIT a los Organismos de Tránsito.

Considerando el presunto incumplimiento del Plan Nacional de Seguridad Vial 2011-2021, con respecto al recaudo por infracciones de tránsito en su cobro persuasivo y coactivo, la CGR dará traslado de este hallazgo a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la Superintendencia de Puertos y Transporte, también a las Contralorías Territoriales (para lo de su competencia).

PROCESOS ARCHIVADOS POR CONCEPTO DE ANULACIÓN

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PROCESOS ARCHIVADOS POR CONCEPTO DE PRESCRIPCIÓN

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