Cauca y 25 departamentos más deben racionar el agua

Por en octubre 13, 2015

Usuarios derrochadores serán sancionados. Recomendaciones para ahorra agua en las residencias.

Para desincentivar el consumo excesivo de agua, debido al fenómeno del Niño que afecta al país, se han anunciado sanciones para 26 departamentos de Colombia, incluido el Cauca, además del Distrito Especial de Bogotá, que desperdicien ese vital líquido.

La medida se adoptó mediante la resolución N° 726 de 2015 emanada de la Comisión de Regulación de Agua Potable (CRA) y del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, teniendo en cuenta los reportes del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, (IDEAM) sobre el impacto del fenómeno del niño en el país, el cual ha generado sequía que se extenderá, por lo menos, hasta marzo de 2016.

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De acuerdo con el IDEAM, desde el primer semestre del año 2014 y con mayor intensidad en los últimos meses, se ha presentado una disminución importante de las precipitaciones en gran parte del territorio colombiano, situación que ha ocasionado que las fuentes abastecedoras de agua se hayan reducido significativamente en varios departamentos.

A través de la mencionada Resolución, el Gobierno Nacional adoptó medidas para promover el uso eficiente y ahorro del agua potable, así como desincentivar su consumo excesivo. En consecuencia, los colombianos que derrochen agua al sobrepasar los límites establecidos para cada piso térmico, tendrán que pagar tarifas más altas. Además, se les solicitará a las empresas prestadoras del servicio de acueducto, un plan inmediato para disminuir las pérdidas de agua en las zonas de emergencia.

Los departamentos incluidos en la medida de desincentivo al consumo excesivo son:

Antioquia, Arauca, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Guaviare, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca y Vichada.

También se incluye a Bogotá D. C.

Por fuera de esta medida quedan los departamentos de Amazonas, Caquetá, Chocó, Guainía, Putumayo y Vaupés.

Los recursos recaudados por consumo excesivo serán destinados por el Fonam a la protección, reforestación y conservación de las cuencas hidrográficas abastecedoras de acueductos municipales y a campañas que incentiven el uso eficiente y ahorro del agua, según informó la CRA.

ABC sobre sanción a consumo excesivo de agua

¿A quién afecta esta medida?

A quienes hagan un uso excesivo de agua en los departamentos incluidos en la Resolución.

¿Cómo funciona la sanción?

La sanción se aplicará teniendo en cuenta dos conceptos, a saber: metros sobre el nivel del mar en los que se encuentra la población (msnm) y metros cúbicos de agua (M3) consumidos por suscriptor al mes. Es importante aclarar que se entiende por “suscriptor” a cada hogar o residencia a donde se tenga servicio de acueducto, sin importar cuántas personas o usuarios vivan allí.

Entonces, existe en este momento un promedio mensual de consumo, de acuerdo con la altitud de las poblaciones, así:

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* msnm: Metros sobre el nivel del mar
M3 : Metros cúbicos

Para el caso de esta medida, ese consumo promedio se ha multiplicado por dos (2), de acuerdo con la altitud de las poblaciones, y es a partir de allí que se cobraría el consumo excesivo. Esto quiere decir que:

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¿Cuánta agua es un metro cúbico (M3)?

Un metro cúbico de agua (M3) son 1.000 litros. Si lo expresáramos en peso, un metro cúbico de agua pesa una tonelada, o sea 1.000 kilogramos. Dicho de otra forma, si en su casa gasta mensualmente 15 metros cúbicos de agua (M3) es equivalente a decir que en su casa se gastan 15.000 litros de agua o 15 toneladas de agua.

Si presento un consumo excesivo, ¿cómo me aplica la sanción?

Su factura se cobrará a la tarifa normal en cada caso:
Hasta 22 m3 mensuales en ciudades por encima de 2000 msnm
Hasta 28 m3 mensuales en ciudades entre 1000 y 2000 msnm
Hasta 32 m3 mensuales en ciudades por debajo de 1000 msnm

Por encima de estos valores cada metro cúbico consumido de exceso se cobrará al doble del costo de referencia, que es el valor del metro cúbico de agua antes de aplicarle contribuciones (en los estratos 5 y 6) o subsidios (estratos 1, 2 y 3). En resumen, es la tarifa que se cobra al estrato 4. Es decir, que cada metro cúbico consumido de exceso se le cobrará al doble de lo que se le factura al estrato 4 de su ciudad.

¿Qué pasa si en el lugar donde vivo la factura del agua llega cada dos meses?

Siempre tenga en cuenta el promedio mensual para su ciudad y multiplíquelo por los dos meses. Por debajo de ese valor usted no pagará ninguna sanción.

Hasta 22 m3 mensuales en ciudades por encima de 2000 msnm, o sea hasta 44 m3 en el bimestre
Hasta 28 m3 mensuales en ciudades entre 1000 y 2000 msnm, o sea hasta 56 m3 en el bimestre
Hasta 32 m3 mensuales en ciudades por debajo de 1000 msnm, o sea hasta 64 m3 en el bimestre

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Eso en cuanto a los usuarios. ¿Y qué se va a hacer en cuanto a las pérdidas de agua de las empresas de acueducto?
Se le solicitará a las empresas prestadoras del servicio de acueducto un plan inmediato para disminuir las pérdidas de agua en las zonas de emergencia y, de acuerdo con la nueva regulación, el control de pérdidas y la reducción de estas es más agresivo en términos de vigilancia y control porque les va a exigir más eficiencia a las empresas para que realicen actividades y correctivos tendientes a disminuir la pérdida de agua. En caso contrario se aplicarán sanciones por parte de la Superservicios.

¿Existe alguna excepción contemplada para este tipo de sanción?

Sí. De esta resolución se deben excluir los inquilinatos, las entidades clasificadas como de servicio especial y los hogares comunitarios de bienestar o sustitutos.

Tomando agua

¿A dónde van los recursos que se obtengan por los pagos adicionales?

Van dirigidos al Fondo Nacional Ambiental (FONAM), que deberá invertirlos en el cuidado de cuencas abastecedoras con reforestación y otras obras.

¿Qué recomendaciones nos pueden dar a los usuarios para ahorro de agua?
• Examinar las llaves de agua, cañerías y tuberías de los exteriores por si tienen fugas.

• Hacer uso de los sistemas de recolección de agua lluvia en las casas, las cuales pueden ser usadas para lavado de ropas, aseo de las viviendas e instalaciones sanitarias.

• Efectuar el riego de las plantas y jardines únicamente dos veces por semana, en horas de la noche o temprano en la mañana, preferiblemente implementando sistemas de riego por goteo.

• Cuando se laven los platos a mano, utilizar una tina para lavarlos y otra para enjuagarlos. Nunca debajo del chorro de la llave abierta.

• Tomar duchas de corta duración y cerrar la llave mientras se enjabona.

• Utilizar un vaso con agua para cepillarse los dientes. No dejar la llave abierta.

• Cerrar la llave mientras se afeita, utilizar un recipiente o el tapón del lavabo para afeitarse.

• Lavar los vehículos en sitios establecidos para tal fin; si se lava en casa; utilizar solo un balde de agua.

• Enseñar a los niños a no desperdiciar el agua.

• Revisar periódicamente que el flotador de los inodoros esté funcionando correctamente.

• Instalar sanitarios de bajo consumo.

• Revisar los empaques de las llaves al menos 2 veces por año.

• Recolectar el agua que sale de la ducha mientras se espera que se caliente con el fin de utilizarla para plantas o sanitarios.

• Utilizar la lavadora para cargas completas evitando su uso para pocas prendas.

• Evitar el uso de manguera por el desperdicio de agua.

¿Y qué recomendaciones se pueden dar a las autoridades departamentales y municipales para ahorro de agua?

• Ejecutar programas sobre el uso eficiente del agua, que incluyan campañas de sensibilización de la población para ahorrar el preciado líquido del consumo humano y evitar el desperdicio en ocasiones como lavado de carros y plantas o el uso desmedido a la hora del baño o aseo del hogar.

• Los planes de contingencia deben proveer información sobre la identificación de fuentes alternas de abastecimiento, y establecer indicadores para los niveles de alerta.

• La activación de los Planes de Emergencia y Contingencia es responsabilidad de los entes territoriales.

• Es importante tener en cuenta que para asegurar un mejor impacto a nivel territorial se requiere la articulación de los planes de ordenamiento territorial y de cuencas hidrográficas, así como a través de la coordinación de las diferentes instancias municipales y territoriales (alcaldías y gobernaciones).

• Se hace un llamado a los municipios y departamentos y entidades en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto para que acojan el procedimiento de solicitud de asistencia de la Unidad Nacional para la gestión de Riesgo de Desastre-UNRG

• El Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio prestará apoyo y asistencia técnica a los prestadores de servicios públicos de acueducto y alcantarillado, municipios, en marco de la gestión del riesgo sectorial.

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