¿Qué ha pasado con los impuestos saludables desde su implementación?

Por en julio 22, 2025

En Colombia, el 56,5 % de la población adulta entre 18 y 64 años sufre de sobrepeso
u obesidad, según cifras de la Encuesta de Seguridad Nutricional (Ensin).
A su vez, se ha evidenciado un alto consumo de bebidas azucaradas, frituras,
productos de paquete y golosinas entre niños, niñas y adolescentes, con prevalencias superiores al 80% en la mayoría de estos grupos. Ante este problema
silencioso de salud, el país implementó en 2023 los impuestos saludables a bebidas
azucaradas y alimentos ultraprocesados y/o con alto contenido de azúcares
añadidos, sodio o grasas saturadas.

Esta medida, respaldada por la Organización Mundial de la Salud, fue establecida
en Colombia mediante el artículo 54 de la Ley 2277 de 2022, en el marco de
la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social. Su objetivo fue gravar
las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados para desincentivar su
consumo y combatir enfermedades crónicas no transmisibles como la diabetes,
la obesidad y los problemas cardiovasculares.

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Diseño e implementación de los impuestos saludables
Los impuestos saludables en Colombia comenzaron a regir el 1° de noviembre de 2023. Desde su implementación se establecieron tarifas progresivas para los productos gravados, que aumentaron gradualmente hasta alcanzar su plena aplicación en 2025. Para el impuesto a las bebidas azucaradas, grava productos como los jugos de fruta (incluido el agua de coco), el té, el agua saborizada y las gaseosas.

Se gravan bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados para desincentivar su
consumo y combatir enfermedades crónicas.

Debate en torno a los impuestos saludables
En su momento, el debate legislativo en torno a los impuestos saludables generó una amplia gama de argumentos que reflejan las tensiones entre objetivos de salud pública, consideraciones económicas y principios de equidad social. Se argumentó que los
impuestos saludables podrían vulnerar el principio constitucional de igualdad al establecer tarifas fijas que funcionarían como barreras de acceso para personas de bajos ingresos. Esto se debe al carácter regresivo de estos gravámenes, que afectan más a hogares de menores recursos.

Los gremios empresariales señalaron una contradicción entre los fines fiscales (recaudo de impuestos) y extrafiscales (disminuir el consumo de los productos gravados) de estos impuestos, pues el desincentivo al consumo afecta directamente la capacidad de recaudo. Además, argumentaron que el impuesto resultaría regresivo, ya que aplica la misma tarifa a todos los hogares independientemente de su capacidad de pago, afectando proporcionalmente más a hogares de ingresos bajos.

También se consideró que las medidas afectarían desproporcionalmente a empresas pequeñas y al comercio minorista, creando desbalances competitivos que perjudicarían a productores menores para quienes estos productos representan ingresos significativos.

Los argumentos a favor se basaron en que estos impuestos sirven como herramienta regulatoria para corregir los efectos negativos sobre el sistema de salud. Los proponentes enfatizaron en que el consumo de productos ultraprocesados genera costos sociales (enfermedades crónicas y mayor demanda de servicios de salud) que no son internalizados
por los consumidores, y que estos gravámenes funcionarían como mecanismo de corrección. Además, argumentaron que la medida sería progresiva desde una perspectiva de salud pública.

Las enfermedades crónicas afectan desproporcionalmente a comunidades vulnerables, por lo que los impuestos saludables podrían reducir las desigualdades en salud a largo plazo al desincentivar el consumo de productos nocivos.

A mayo de 2025 los impuestos saludables aportaron cerca del 1,3% del recaudo total ($127 billones).

Cambios en los patrones de consumo
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad de Vida (ECV) del DANE de 2024, aproximadamente 21 millones de colombianos consumieron alimentos de paquete al menos una vez por semana. El consumo de bebidas azucaradas fue aún más alto, con cerca
de 28 millones de personas que reportaron ingerirlas al menos una vez a la semana. Estas cifras representan el 41% y 54% de la población del país, respectivamente, evidenciando que no es menor la cantidad de personas que consume este tipo de productos.

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Por grupo de edad se observan patrones heterogéneos en el cambio de la frecuencia de consumo de bebidas azucaradas después de la introducción del impuesto. Los jóvenes entre los 12 y 28 años reportaron una reducción en el consumo diario de estas bebidas. Mientras en 2022, 24,6% de ellos consumía diariamente estos productos, la proporción descendió
a 22,6% en 2024. Entre tanto, el consumo ocasional (una vez o menos a la semana) aumentó de 31,1% a 34,0% de los jóvenes. Para el grupo de 29 a 44 años la disminución del consumo diario fue más pronunciada, cayendo de 24,9% a 19,2% del total, con un aumento en el consumo esporádico (dos o tres veces a la semana) al pasar de 12,4% a
31,5%. En los adultos de 45 años o más se encontró que el consumo diario disminuyó de 18,3% a 17,7%.

En el consumo de alimentos fritos de paquete1 por grupo de edad también se observa una reducción en la frecuencia de consumo, aunque menores a los de bebidas azucaradas. Los jóvenes de 12-28 años reportaron reducir su consumo diario, pasando de 18,7% a 17,0% en 2024, con un incremento en el consumo ocasional de 32,1% a 34,0%. El grupo de 29-44 años experimentó una disminución más leve en el consumo diario (de 7,7% a 7,1%) y un aumento notable en el consumo esporádico (de 17,2% a 34,3%). Por su parte, los adultos mayores de 45 años mantuvieron relativamente estable su consumo diario (4,6% a 4,5%), pero incrementaron significativamente el consumo ocasional de 25,6% a 29,8%.

Efecto sobre la inflación
La implementación de los impuestos saludables ocurrió tras alcanzar la inflación un pico de 13,3% en marzo de 2023, en un escenario en que la inflación comenzó a ceder tras el choque de la pandemia.

Aun así, la entrada en vigor de los impuestos saludables parece haberse reflejado en algunos incrementos específicos en los precios de los productos gravados. Por ejemplo, las frituras en empaque registraron una aceleración inflacionaria notable, pasando de 14,6% en octubre de 2023 a 19,5% en noviembre, alcanzando su pico máximo en enero de 2024 con 20,7%, contribuyendo 0,03 puntos porcentuales a la inflación anual total. Las gaseosas y maltas mostraron un comportamiento similar, con una inflación anual de 13,4% en noviembre de 2023 y alcanzando su pico de 13,7% en diciembre del mismo año. Su contribución fue de 0,02 puntos porcentuales.

Estos efectos se han ido diluyendo. En efecto, los resultados del IPC de junio de 2025 mostraron que la inflación anual de frituras alcanzó el 0,5% y la de gaseosas y maltas el 7,1%.

Recaudo tributario de los impuestos saludables
Dado que los impuestos saludables son impuestos al consumo, el periodo gravable es bimestral. Es decir, si bien las empresas los incorporaron en los precios a partir de noviembre de 2023, cuando entraban en vigor, no fue sino hasta enero que se pagaron
esos impuestos a la DIAN. Así, el recaudo de estos impuestos comenzó a registrarse a partir de enero de 2024.

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En 2024, por concepto de impuestos saludables se recaudaron $ 2,9 billones, equivalentes al 1,1% del recaudo total del año. En lo corrido a mayo de 2025 se han recaudado $1,6 billones: $ 288 mil millones por las bebidas azucaradas y $1,3 billones por los alimentos ultraprocesados. Esto significa que hasta mayo de 2025 estos impuestos aportaron cerca del 1,3% del recaudo total ($127 billones). Frente al mismo periodo del año anterior, esto representó un crecimiento del 24,9% ($319 mil millones) en el recaudo por impuestos
saludables.

Conclusiones
Según el estudio de ANIF, con la implementación de los impuestos saludables en 2023 Colombia se sumó a países de la región, como Chile y México, en el uso de este mecanismo de política pública para enfrentar los desafíos de salud derivados de malos hábitos alimenticios.

Los datos analizados en este informe sugieren que, tras un año de vigencia, la medida
estuvo asociada a cambios en la frecuencia de consumo de estos productos, llevando a reducciones significativas. En general, se ha observado una disminución en el consumo diario de los productos gravados, mientras el consumo de baja frecuencia
(una o dos veces a la semana) ha aumentado. Esto indicaría que al menos algunas de las personas que antes consumían estos productos diariamente ahora los consumen tan solo unas veces a la semana, lo cual podría asociarse a la efectividad de los impuestos saludables.

Pese a lo anterior, estos impuestos no son una solución suficiente para los problemas de salud pública asociados al consumo de los alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas. Es fundamental que estas medidas se integren con componentes educativos, regulatorios y de promoción de alternativas saludables que proporcionen a los hogares las herramientas necesarias para adoptar hábitos que mejoren su salud y bienestar.

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